Apreciados usuarios, beneficiarios, Servidores públicos, contratistas, comunidad científica y ciudadanía
en general. En virtud de la Ley Estatutaria 1581 del 2012 mediante la cual se dictan las disposiciones
generales para la protección de datos personales, y su Decreto Reglamentario 1377 de 2013, compilado
Capítulo 25 en el Decreto 1074 de 2015, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, requiere su
autorización para continuar con el tratamiento de sus datos personales almacenados en nuestras bases de datos,
los cuales incluyen información que se ha reportado en desarrollo de las diferentes actividades realizadas por
y ante nuestra institución, en particular los siguientes: Nombres, número de documento de identificación,
dirección, teléfono fijo y móvil, correo electrónico y profesión.
Así mismo, quien diligencia la información, certifica la veracidad y validez de todos los datos registrados y la capacidad de soportar dicha información.
Finalidad: Los datos serán utilizados para la misión institucional establecida en la Ley 1286 de 2009 y la Ley 1951 de 2019, modificada por el artículo 126
de la Ley 1955 de 2019, como ente rector de la Ciencia Tecnológica e Innovación en Colombia.
Lo anterior, dando cumplimiento a la Política de Protección y Tratamiento de Datos Personales
del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovaci6n- Colciencias Resolución 0451
del 2017.
En aras de brindarle un mejor servicio y teniendo en cuenta el derecho al que todas las
personas tienen de presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, etc, a las autoridades
con el objeto de obtener información, consideramos pertinente definir algunos conceptos
de interés, que lo ayudaran a orientarse de acuerdo a lo que requiere presentar ante nuestra
entidad:
- PETICIÓN: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar
solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a
obtener su pronta resolución
- QUEJA: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o
inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular
de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones
- RECLAMO: Es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o
demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación
indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.
- DENUNCIA: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de
una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación
penal, disciplinaria, fiscal, administrativa - sancionatoria o ético-profesional. Es
necesario que se indiquen las circunstancias de tiempo, modo y lugar, con el objeto de que
se establezcan responsabilidades.
- SUGERENCIA: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el
servicio o la gestión de la entidad.
Dando cumplimiento a la ley 1755 de junio 2015 y a nuestra Constitución Política le recordamos
tener en cuenta al momento de colocar una petición, queja, reclamo, denuncia o solicitud
(PQRDS) los siguientes puntos para que su comunicación sea completa y responderle de manera
oportuna.
• La comunicación debe comprender
un destinatario claro.
• Recuerde que su comunicación
debe ser clara y precisa para poderle brindar una respuesta de la misma calidad.
• Informar un medio de
notificación de la respuesta ya sea una dirección física, con la información completa, o una
dirección electrónica.
• Con el fin de ser más eficientes
al momento de contestar sus requerimientos, le solicitamos utilizar un solo canal de los
dispuestos para contactarnos.
Lo anterior se debe tener en cuenta sin importar que canal utilice.
Costos asociados
Su PQRDS podrá tener unos costos asociados de acuerdo con el articulo 29 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece que "Los costos de la
expedición de las copias correrán par cuenta del interesado en obtenerlas" y que en todo caso
el precio de las copias no podrá exceder el valor de la reproducción. Para mayor detalle
remítase a la resolución 0172-2017 en
www.minciencias.gov.co